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LA ADMINISTRACIÓN REGULA LA ACTIVIDAD PESQUERA.
El Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya de hoy día 30 de junio, ha publicado la ORDRE ACC/157/2022, del Departament d'Acció Climàtica, Alimentació i Agenda Rural, de 27 de junio, por la que se establecen determinadas medidas de gestión de la pesca profesional y recreativa en el ámbito marino del Parque Natural de Cap de Creus y en la bahía de Cadaqués.
El objeto de la Orden es establecer medidas de conservación de los recursos pesqueros y marisqueros en ese ámbito.
El artículo 3 de la Orden determina las medidas de gestión en el ámbito de la pesca marítima recreativa, detallando las tallas mínimas, las cuotas de captura diarias por licencia, y los períodos de veda para cada especie, también prohíbe expresamente la práctica de la pesca recreativa con cebo vivo, limitando la captura por licencia a 5 kg/día.
Desde el enlace que figura a continuación se puede descargar la normativa publicada, que entra en vigor mañana 1 de julio de 2022.
ORDRE ACC/157/2022, de 27 de juny